Es toda obra estructurada en forma segura para contener los relaves provenientes de una planta de concentración húmeda de especies de minerales. Además, contempla sus obras anexas. Su función principal es la de servir como depósito, generalmente, definitivo de los materiales sólidos provenientes del relave transportado desde la planta, permitiendo así la recuperación, en gran medida, del agua que transporta dichos sólidos (Fuente: Decreto Supremo N°248, Ministerio de Minería, 2007).
Aquel depósito de relaves donde el muro de contención está construido con material de empréstito y se encuentra impermeabilizado en el coronamiento y en su talud interno. La impermeabilización puede estar realizada con un material natural de baja permeabilidad o de material sintético como geomembrana de alta densidad. También se llama embalses de relaves aquellos depósitos ubicados en alguna depresión del terreno en que no se requiere la construcción de un muro de contención (Fuente: Decreto Supremo N°248, Ministerio de Minería, 2007).
Es aquel depósito de relaves donde el muro de contención es construido con la fracción más gruesa del relave, es decir, las arenas (Fuente: Decreto Supremo N°248, Ministerio de Minería, 2007).
Relave que, al egresar de la planta concentradora, posee una concentración en volumen inferior a un 30% y un esfuerzo de fluencia inferior a 10 Pa, formando una laguna en el depósito de relaves (Fuente: Informe P3 ACT-15, AMTC, 2020).
Relave que, al egresar de la planta concentradora, posee una concentración en volumen entre un 45% y un 60%, un esfuerzo de fluencia mayor a 200 Pa y no forma una laguna en el depósito de relaves (Fuente: Informe P3 ACT-15, AMTC, 2020).
Relave que posee una concentración en volumen entre un 30% y un 45% y un esfuerzo de fluencia entre 10 y 200 Pa, formando una laguna en el depósito de relaves (Fuente: Informe P3 ACT-15, AMTC, 2020).
Relave sometido a un proceso de filtración, con una humedad en base húmeda igual o inferior a un 20% (Fuente: Informe P3 ACT-15, AMTC, 2020).
Zona del depósito de relaves en la cual se acumularán –según el proceso de sedimentación– los sólidos de grano más finos de los relaves, en el caso de los tranques de relaves, o la totalidad de los relaves, en los otros sistemas de depositación (Fuente: Decreto Supremo N°248, Ministerio de Minería, 2007).